Mesa 3 (C) DERECHOS SOCIALES (Laborales, Indígenas, Agrarios, Ambientales, de Género, etc.)
En esta coyuntura crucial, las y los trabajadores frente al quinto informe de gobierno de un régimen espurio y funesto, en la que plantea que ahora en el quinto informe de gobierno de una gestión presidencial marcada desde su inicio por el baldón de la ilegitimidad, estamos aquí mexicanos y mexicanas libres, para hacer oír nuestra voz, para dejar clara evidencia de que ni el cinismo de los “datos” oficiales, ni la propaganda desmedida sobre los logros del “gobierno”, ni las campañas criminalmente falsarias que repiten hasta el cansancio los medios masivos de comunicación (para apoyar los despropósitos y mentiras viles que emitirá su empleado, el espurio “presidente” de la República) tienen que ver nada con la realidad.
En la economía “avanzamos hacia el crecimiento”; en seguridad pública “estamos ganando la guerra”; en programas sociales “alcanzamos niveles nunca antes vistos”; frente a todo ello, la realidad indica que la economía familiar está cada vez en peores condiciones, que el terror es la constante en innumerables localidades del país, que la delincuencia organizada gana cada vez más espacios y, en muchos lugares, se ha convertido en el verdadero y real poder en la sociedad, ante la impotencia y/o complacencia de diversos niveles de autoridades.
La mentira es, como ha sido durante los gobiernos panistas y como lo era en la etapa de sus antecesores, la constante, el método de funcionamiento y la estrategia privilegiada. En el terreno del trabajo, de los derechos laborales y del sindicalismo, la situación no es distinta; se habla de “recuperación del empleo”, de “respeto a los derechos laborales”, de “recuperación del poder adquisitivo” y de otros aspectos igualmente “benéficos”; la realidad no solo es distinta, sino radicalmente antagónica,
Para ilustrar lo anterior, mencionaremos a continuación solamente de tres aspectos: la vigencia de la libertad sindical, la proliferación del outsourcing y la amenaza de reforma laboral.
Indudablemente el sindicalismo y las y los trabajadores han enfrentado a lo largo de la historia moderna del país innumerables acechanzas, ataques brutales, represión, golpes a sus derechos y en general los efectos de una ofensiva sistemática que ubica a la libre y autónoma organización de las y los trabajadores como un importante enemigo a vencer para preservar el modelo de dominación y explotación predominante. Huelga decir que de 1982 a la fecha, período que claramente acota la etapa neoliberal, esta situación se ha agudizado en todos sus órdenes, con un recrudecimiento importante durante los dos últimos sexenios panistas.
Hablar entonces de la ofensiva contra las y los trabajadores y el movimiento obrero no se refiere a un fenómeno nuevo, sino más bien a una situación con la que hemos convivido durante cuando menos las tres últimas décadas. No obstante, podemos afirmar sin temor a equivocarnos que dicho ataque sistemático nunca ha sido tan de fondo como el que vivimos en los días actuales. Muchos son los elementos al respecto pero no puede cuestionarse que la intención por culminar el proceso descrito se concreta en la pretensión de imponer una reforma patronal y regresiva. Vigencia de la libertad sindical.
En el marco de su estrategia antilaboral y antisindical el gobierno y sus aliados ubican como una de sus prioridades el impedir el crecimiento o la consolidación del sindicalismo democrático y auténtico. Ello los ha llevado a establecer lineamientos y políticas en las que se ponen todos los obstáculos, pacíficos o violentos, legales o ilegales, al ejercicio de derechos humanos, laborales y sindicales de toda índole. De manera inevitable, esta línea de acción se traduce en la violación de legislaciones nacionales e internacionales sobre los temas marcados.
En este trayecto el gobierno panista ha sufrido consecuencias de las que no ha salido ileso, particularmente a nivel internacional y a raíz de que diversas organizaciones de dentro y fuera del país han emprendido acciones ante instancias en ambos niveles. Para ilustrar lo mencionado vale la pena referirnos a dos casos concretos.
En mayo del 2010 y en abril-mayo del 2011, del Tribunal Internacional de Libertad Sindical,
conformado por distinguidos juristas latinoamericanos y españoles, así como por estacadas
personalidades de Estados Unidos, México y Europa se reunió y conoció, documentó y escuchó las denuncias de diversos sindicatos, trabajadoras y trabajadores. En ambas ocasiones condenó al gobierno mexicano por el abandono de sus funciones promotoras, tutelares y protectoras de la Libertad Sindical, y por la violación grave y sistemáticamente, por actos propios y por omisión, del derecho de Libertad Sindical.
Considerando fundadas las denuncias presentadas, el órgano colegiado calificó como incompatible el trámite de “toma de nota” con el Convenio 87 de la OIT, ratificado por el Estado mexicano; señalótambién que la arbitrariedad y la carencia de objetividad de la STPS en el otorgamiento de registro sindical, violan el Convenio 87 y 154 de la OIT, y que a su vez este tipo de injerencias influye en la existencia de los llamados “contratos colectivos de protección patronal”, a los que calificó como contrarios a la libertad sindical de negociación, por simular una negociación con representaciones ficticias que no reflejan una “negociación libre y voluntaria”, misma que vulnera los convenios fundamentales de la OIT, especialmente los Convenios 87, 98 y 154.
Finalmente, el Tribunal declaró al gobierno mexicano “responsable ante la comunidad internacional, de las violaciones cometidas a la libertad sindical” por lo que declaró a dicha comunidad “habilitada para perseguir tal perpetración de violación de derechos fundamentales del trabajo ante las instancias internacionales que correspondan y exigir el inmediato cese de tales prácticas”.
Una queja presentada por la FITIM, con el apoyo de la Confederación Sindical Internacional y de diversas organizaciones sindicales mexicanas, ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT, contra la existencia en México de los contratos colectivos de trabajo de protección patronal. En marzo del 2011, el Comité emitió su informe 359, en el cual acepta la queja y dictamina sobre ella.
Entre las recomendaciones emitidas destacan el llamado al gobierno de México para que inicie un diálogo con las organizaciones de trabajadores incluyendo a las querellantes, y se examine la situación de los sindicatos de protección en el país; en tal diálogo, dice el organismo, el gobierno debe de considerar “las cuestiones relativas a la representatividad mínima de las organizaciones sindicales para negociar colectivamente”, además de la actuación de las juntas de conciliación y arbitraje con relación a la duración de los procedimientos laborales. Pide además al gobierno que responda a los alegatos de las organizaciones querellantes y rinda un informe de las reuniones mantenidas.
De ninguna manera es casual que instancias como las mencionadas emitan los juicios referidos. En el seguimiento de libertad sindical en México realizado por el CILAS en 2010, resaltan los siguientes datos: Se analizaron, en una muestra no exhaustiva, 608 casos de denuncias de violaciones a la libertad sindical, en los que identificamos la presencia de actores, tipos de violación y sectores afectados, entre otras características.
El derecho más violado durante 2010 fue el que comprende el conjunto de los derechos civiles y libertades públicas, con un total de 43.20% de los casos y presentando agresiones físicas, represión y detenciones entre otros actos, como los más comunes contra sindicalistas que buscaron organizarse o los ya organizados que reclamaron respeto a sus derechos laborales. El 21.34% de los casos correspondieron a la violación al derecho de asociación, con la negación de tomas de nota o registros sindicales, entre otros.
Los sujetos que más sufrieron violaciones a la libertad sindical, con un 50% del total de los casos, fueron trabajadores en lo individual, seguidos del propio sindicato como sujeto de derechos colectivos con un 37% de las violaciones.
De manera nada sorpresiva, fue el Gobierno Federal el actor que más violó las garantías de
derechos laborales y colectivos de los trabajadores con un 34% de total de casos, seguido del capital privado y los líderes sindicales con 19% de total, para cada uno.
En la línea de aprovechar la pobreza para vulnerar la ley, la mayor cantidad de casos se concentró en los estados del país que corresponden a las 2 zonas socioeconómicas donde según el INEGI se presenta menor desarrollo social.
El desmesurado crecimiento del outsourcing Sin que tenga nada de casualidad, el outsourcing y la subcontratación se han colocado en el primer plano de importancia dentro de los temas que se abordan en las distintas iniciativas de reforma de la Ley Federal del Trabajo en nuestro país. Las consecuencias de este modelo de relaciones laborales, hoy privilegiado por el capital en el país, son terribles para las y los trabajadores que se encuentran bajo ese régimen: reducción de los derechos laborales, peores condiciones de trabajo, precariedad salarial y de acceso a los regímenes de seguridad social, inseguridad y aumento de los riesgos laborales, temporalización de las relaciones laborales y un largo etcétera que termina por afectar de manera concreta y seria a la misma organización sindical, al derecho de asociación y a la contratación colectiva.
Con datos oficiales referidos a lo que el INEGI denomina “personal ocupado por otra razón social” se puede constatar, en términos globales y sectoriales, la creciente presencia del fenómeno en los últimos años. Entre 2004 y 2009 esta modalidad de contratar personal creció 95.2 por ciento. Los servicios privados no financieros, el comercio y las industrias manufactureras son los sectores que más demandaron este tipo de personal. En general hablamos de 2’732,056 de personas bajo tal régimen. Vale mencionar también que de 1998 a 2004 este tipo de contratación tuvo una tasa de crecimiento un poco superior al 40%, mientras de 2004 a 2009, dicha tasa se eleva a 95% (!), lo cual es un dato asombroso, toda vez que, según los datos proporcionados por el INEGI, en el mismo período, la tasa de crecimiento de personal ocupado total es de 23.8%.
De manera significativa el tema del outsourcing ha sido ubicado por voceros gubernamentales, pero con mayor énfasis por portavoces de los empresarios, como uno de los dos o tres temas claves y más importantes (para ellos) de la pretendida reforma laboral. En realidad, lo que está detrás es la expectativa de concretar una modificación legal ampliamente anhelada por el sector patronal mexicano quien, a pesar de tener décadas abusando de los márgenes ofrecidos por la legislación laboral, necesita legalizar sus prácticas laborales.
Las propuestas de reforma a la LFT PAN. En la exposición de motivos de la propuesta de reforma del PAN, tras la retórica del “cambio necesario” para adecuar la LFT a la actualidad del modelo económico y productivo de México, se menciona que su planteamiento partiría de cinco “ejes rectores”. En uno de ellos, el eje 5, se menciona al outsourcing: “Fortalecer las facultades normativas, de vigilancia y sancionadoras de las
autoridades del trabajo, para lo cual se requiere […] regular la subcontratación, ercerización u outsourcing”.
PRD. Por su parte, el PRD aporta elementos muy interesantes e innovadores aunque, sentimos, falla en lo más importante: definir a la subcontratación. Lo anterior podría ser menor, pues en las demás propuestas se acota el problema.
A final de cuentas, la más alta responsabilidad política en la aprobación de una nueva versión de Ley Federal del Trabajo lesiva a los trabajadores corresponderá al PRI. Sin sus votos, para no hablar de la activa participación con su iniciativa, al PAN le resultaría imposible avanzar en la aprobación de una nueva ley con el enfoque patronal descrito. Es pues el PRI el que tiene la responsabilidad directa -con el PAN como responsable solidario- y quien tendrá que pagar de cualquier manera los principales costos políticos de frente a la población trabajadora.
La reforma laboral que viene La propuesta de reforma laboral presentada por el PRI en marzo de 2011, avalada y ampliamente aplaudida por el gobierno federal, los empresarios y el PAN, reproduce lo que sus antecedentes por cuando menos 20 años: sólo recoge aspiraciones de los patrones y omite las necesidades apremiantes de la clase trabajadora.
Estamos, sin duda, ante una iniciativa de reforma que flexibiliza y precariza todavía más las condiciones de trabajo de millones, en un país que lleva ya un proceso de casi 30 años de precarización y flexibilización de la mano de obra. Eso se refleja diáfanamente en los datos que (a partir de cifras oficiales) se reportan sobre empleo y desempleo, pérdida del poder adquisitivo, salario, cobertura y calidad de la seguridad social, ocupación formal e informal, empleo entre jóvenes, ocupación permanente y temporal, etc., etc.
Por otra parte, en estos más de veinte años que se habla de reforma laboral, en la práctica se han venido violando con total impunidad y de manera cotidiana los derechos laborales, sociales y económicos de las clase trabajadora y, en lugar de combatir este escenario de injusticia, el PRI lo que propone con su iniciativa de reforma laboral no es terminar con las violaciones sino legalizar lo que ahora es ilegal. Veamos algunos ejemplos.
Se da manga ancha a la flexibilización y precarización de la fuerza de trabajo, tal como la
contratación a prueba y para capacitación, lo que facilita a los empresarios contratar y despedir a su arbitrio y conveniencia, evitándoles el pago de las indemnizaciones que marca la ley… Se propicia la impunidad en casos de despido injustificado: limita el pago de salarios caídos a un año, legitima las renuncias en blanco y aumenta las causas de despido.
Con el pretexto de definir y normar el outsourcing, legaliza la tolerancia al abuso perverso de la subcontratación, con todas las implicaciones que esta tiene contra los derechos de las y los trabajadores. Sobre esa base permitiría que los patrones evadan sus obligaciones laborales.
Admite que el patrón fije salario y prestaciones de manera unilateral, sin intervención del sindicato; abre la puerta a la polivalencia, y al salario por horas que pulverizaría el sueldo de las y los trabajadores.
En su conjunto la propuesta priísta es un ataque al derecho de los trabajadores a organizarse al fragmentar e individualizar las negociaciones de todo tipo, pero eso sí, deja intocado el corporativismo sindical.
Los ejemplos anteriores, dejan ver que de consumarse esta reforma se estaría asestando el golpe más demoledor contra el futuro de millones de jóvenes mexicanos, a los cuales se les impediría la perspectiva de encontrar un trabajo digno.
Por más que desde el poder y los partidos se quiera engañar a la ciudadanía haciéndole creer que se trata de una iniciativa que fomentará el empleo, sabemos que se trata de una mentira. De lo que se trata es de ofrecer el país a la inversión privada, nacional y extranjera, con la ventaja para ésta de tener trabajadores mal pagados, sin prestaciones y bajo control para que no se organicen.
A manera de conclusiones, ante la coyuntura que enfrentamos y desde la óptica del movimiento de las y los trabajadores, podemos afirmar que:
1. Si prosperan los atentados contra el empleo y su estabilidad, la “legalización” del outsourcing o subcontratación, la práctica desaparición de la seguridad social y la eliminación de la concepción del trabajo como derecho y su aceptación como mercancía, entre otros aspectos, habrá un retroceso de más de un siglo en los derechos de las y los trabajadores.
2. Para que ello avance un requisito indispensable es desaparecer, o cuando menos nulificar, el papel social y la presencia misma del sindicalismo auténtico; de ahí los ataques desaforados y brutales contra organizaciones que claramente encarnan este modelo.
3. Durante mucho tiempo la ofensiva referida se ha expresado mediante medidas como la imposición de salarios de hambre, las trabas y represión contra las organizaciones autónomas y la aplicación de la “justicia laboral” como un elemento más de sometimiento y control. Hoy, la pretendida reforma laboral oficial no haría más que institucionalizar estas prácticas.
4. A mediano y largo plazo, la ofensiva es contra la existencia misma del sindicalismo y su
razón de ser; el modelo que se persigue es uno en el que los sindicatos no tendrían objetivos, demandas o perspectivas que justificaran su existencia.
Frente a lo anterior es absolutamente necesario que el sindicalismo auténtico y en general el movimiento de las y los trabajadores se plantee objetivos a cumplir en el corto y mediano plazo.
Para terminar esta aportación puntualizamos algunos de ellos, en la inteligencia de que la extensión de este texto no nos permite extendernos en cada caso y de que hace falta el abundamiento y desglose respectivo; la reflexión al respecto, por cierto, es también una de las tareas urgentes.
1. Una prioridad absoluta es parar la reforma del PRI-PAN.
2. Paralelamente a lo anterior, no podemos quitar el dedo del renglón en cuanto a la defensa irrestricta de los derechos laborales contenidos en la LFT, así como la exigencia de su vigencia.
3. Frente al ataque frontal contra el sindicalismo auténtico, promover la organización autónoma de las y los trabajadores.
4. Incrementar en todo tipo de foros, particularmente los internacionales, la denuncia de las políticas gubernamentales en torno a la libertad sindical y a los derechos laborales.
5. En congruencia con los puntos anteriores, la solidaridad real y efectiva con los conflictos en curso es una tarea tan urgente como inevitable. En el panorama aquí esbozado debe quedar claro que el desenlace que tengan las luchas del SME, de los mineros y de la UNTyPP, por mencionar solo algunos casos, no tendrá que ver unicamente con casos particulares sino con la confrontación general a la que nos hemos referido.
Considerando que el 10 de junio de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, del DECRETO por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que entró en vigor a partir del 11 de junio, reformas que son de gran trascendencia para nosotros los trabajadores, toda vez que, si bien es cierto, que el artículo 133 de la Constitución indica que todos los Tratados celebrados por el Presidente de la República, con aprobación del Senado serán la Ley Suprema de toda la Unión, con la inclusión en la Constitución del segundo párrafo en el artículo 1, se establece la obligación expresa de observar los tratados internacionales firmados por el Estado Mexicano.
Entre los tratados internacionales que México ha firmado, se encuentran aquellos que establecen los derechos humanos laborales, como los siguientes:
- Declaración Universal de Derechos Humanos
- Carta de la Organización de Estados Americano (art. 29 b)
- La Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
- Declaración Americana de los Deberes y Derechos del Hombre (XIV)
- La Convención Americana de Derechos Humanos.
- Carta Democrática Interamericana
- Carta Internacional Americana de Garantías Sociales
- El Protocolo de San Salvador
- La Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento
- El Convenio 87 de la OIT
- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)
- Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones depromover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos.
Sin embargo, durante décadas los trabajadores mexicanos hemos sido objeto de violaciones cotidianas a nuestros derechos humanos laborales por comisión u omisión de parte de las Secretarias de Trabajo y Previsión Social y Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Derechos reconocidos como fundamentales por la OIT, como la libertad de asociación, la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, han sido sistemáticamente violados por las autoridades competentes en contubernio con los patrones que, como primera acción ante la formación de un sindicato, despiden inmediatamente a los trabajadores que se atrevieron a impulsarlo o a apoyarlo, sabiendo que en las juntas los juicios duran en el mejor de los casos 6 u 8 años y en el peor, 15 años o más. UNTyPP, HONDA, ATENTO, STRACC, etc.
Las autoridades laborales se niegan en los hechos a reconocer a los dirigentes elegidos por los trabajadores y a través del mecanismo de la toma de nota impiden el ejercicio libre y democrático de los trabajadores a elegir a sus representantes. (STMMRM, SME, ETC.), si bien el resolutivo de la Suprema Corte, expresa que las Juntas de Conciliación y Arbitraje dejen de seguir utilizando la toma de nota como un método de control de los sindicatos y se inicie una nueva época de respeto a la autonomía sindical, exijimos de respete la resolución de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a la toma de nota del dirigente de los trabajadores mineros, pues de ser apegada a derecho, empezaremos a creer que es posible una nueva cultura laboral de respeto y reconocimiento a los derechos fundamentales de los trabajadores.
Los Contratos de Protección Patronal son una realidad que impiden el ejercicio del derecho que los trabajadores tienen a contar con una representación real, que defienda sus intereses y les permita obtener los recursos necesarios para proporcionar a sus familias los satisfactores que le permitan una vida digna conforme a lo establecido en el artículo 123 constitucional.
Considerando que a partir de la entrada en vigor de las reformas constitucionales en materia de derechos Humanos, todos estos tratados están por encima de la Ley Federal del Trabajo, las Juntas de Conciliación y Arbitraje, así como los Tribunales en Materia de Trabajo, deberán considerarlos en las resoluciones de los juicios laborales y aplicarlos en lo que les beneficie a los trabajadores en los juicios que estén en curso.
Además de las modificaciones mencionadas, ahora en el tercer párrafo del artículo 1° constitucional dice: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la Ley.”
Por lo anterior, es necesario realizar las acciones necesarias para asegurar a partir de ahora: el respeto irrestricto de todos los derechos humanos laborales de parte de las autoridades involucradas, así como la aplicación de todos los tratados internacionales que los tutelan, lo cual contribuirá a la restauración de los derechos fundamentales y por consecuencia al fortalecimiento del Estado de Derecho.
Sobre el saqueo de los recursos naturales se plantea que las condiciones laborales en las
compañías mineras son deplorables, lo que ocasiona una gran cantidad de accidentes de los
trabajadores mineros, en lo que va del sexenio 1650 trabajadores han perdido la vida, sin embargo, no hay castigo a los responsables, Germán Larrea del Grupo México, Calderón y Javier Lozano son el rostro de la impunidad.
México se ha convertido en botín de empresas mineras extranjeras sobre todo Canadienses
teniendo en la actualidad concesiones en el 20% del territorio nacional, llevándose entre el 97 y el 99 % de sus ganancias fuera del país. Tienen una serie de privilegios, no pagan: impuestos, agua, seguridad social, entre otros. Existe un plan para despojarnos de los recursos estratégicos, como el agua y una conjura de empresas extranjeras por apoderarse de nuestros minerales. El envío neto de oro al extranjero es ahora mayor que el oro que España se robó durante la Colonia. La firma del TLC ha entregado a USA Y Canadá nuestro territorio y lo han aprovechado para su beneficio en contra de los intereses de nuestra Nación.
La minería a cielo abierto destruye ambientalmente el ecosistema de nuestro país, pues conlleva la destrucción y eliminación de la capa boscosa, la contaminación del suelo y acuíferos con mercurio, arsénico y plomo, la división de las comunidades, el soborno a funcionarios, la amenaza, desaparición forzada y la criminalización de los movimientos sociales. Convocamos a la unidad de todos para luchar contra la depredación de nuestro territorio.
Del Pueblo VICAM, Sonora, territorio de la tribu Yaqui se denuncian la violación constante de sus derechos sociales, se pretende construir el acueducto llamado “INDEPENDENCIA” para llevar agua del Novillo, una de las presas intermedias del sistema de la cuenca del río Yaqui formada por la presa la Angostura y el Oviachic, violando flagrantemente disposiciones jurídicas que otorgan protección a las Garantías Constitucionales a través de una medida cautelar precautoria urgente otorgado por un tribunal agrario a la Tribu Yaqui a favor de la demanda de restitución de aguas y un amparo interpuesto por los agricultores del Valle del Yaqui, contra la licitación del acueducto y ordena parar las obras. Por lo que desde este espacio de lucha exigimos se detenga inmediatamente la construcción del Acueducto y se respete el derecho colectivo del pueblo a Yaqui al agua, a un ecosistema sano, libre de salinidad, con vida silvestre y que se les permita mantener la producción agrícola que beneficia tanto al pueblo yaqui como a los habitantes de Hermosillo.
El derecho a la información ha sufrido un retroceso en este sexenio, con una ley retrograda que mantiene en manos privadas el control de los medios de comunicación que impide que se cree y fortalezca el sector social y público de medios, así como el control gubernamental, la manipulación mediática de la información, por lo que no existe el derecho a la comunicación como derecho social.
La contrarreforma a 17 Constituciones locales que cancelan los derechos humanos de las mujeres y le dan derecho de personas nacidas al ovulo recién fecundado. Hay derechos a los anticonceptivos pero no hay disponibilidad de ellos en amplias zonas del país. Está vulnerado cualquier esquema de salud preventivo por el crecimiento del hambre, el desempleo, salarios miserables. Desesperanza por la falta de certeza de trabajo y vida plena, por ello están creciendo: las enfermedades de la pobreza, así como la diabetes, la anorexia, la bulimia y todas las adicciones. A la violencia del estado neoliberal, se suma la violencia de género, que va del piropo grotesco al feminicidio. Existen mujeres presas por abortar, lo cual además de denunciarlo, exigimos su inmediata liberación.
Los migrantes no son ilegales, sino seres humanos en estancia irregular, por lo que no se les debe criminalizar sino respetar sus derechos humanos, sus derechos al trabajo. Por lo que convocamos a luchar por su defensa.
La mesa propone a la Asamblea Nacional de Indignados para el plan de acción.
Una Jornada Nacional que abarca las siguientes fechas:
6 de octubre: Día Internacional del Derecho al Habitad y la Vivienda.
16 de octubre: Día Internacional del Derecho a la Alimentación.
25 de noviembre: Día Internacional de la no Violencia contra las Mujeres y el reconocimiento del Valor del Trabajo de las mujeres en el hogar.
Convocatoria Nacional de Resistencia y Lucha contra cualquiera de los Megaproyectos en todo el País
Por todo lo anterior se declara:
“DESASTRE NACIONAL” por el incumplimiento de todos y cada un de nuestros DERECHOS
SOCIALES.
PORQUE LOS TRABAJADORES Y EL PUEBLO SOMOS LOS DUEÑOS DEL PAÍS.
PORQUE LOS TRABAJADORES SOMOS LOS QUE GENERAMOS LA RIQUEZA.
VAMOS POR NUESTROS DERECHOS CONSTITUCIONALES
VAMOS POR TODOS NUESTROS DERECHOS LABORALES
VAMOS POR NUESTROS DERECHOS SOCIALES
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